Por decisiones de otros Poderes de la Unión, no pueden disminuir sus sueldos: SCJN

* El sueldo mensual de los ministros (206 mil 948 pesos), cuestiona el Presidente de México (quien gana 157 mil 658 pesos)

Que sus ministros ganen más que el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, justificó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y reiteró que, por decisiones tomadas por otros poderes de la Unión, no pueden ser disminuidos sus sueldos.

En lunes 3 de julio del 2023, respondió el máximo tribunal a la solicitud del Presidente López Obrador –formulada por la Secretaría de Gobernación–, para que expliquen sus ministros, por qué no cumplen con el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que las percepciones del titular del Ejecutivo, ningún funcionario puede rebasar.

En la petición firmada por Luisa María Alcalde Luján, titular de la dependencia –designada como tal en lunes 19 de junio del 2023, en sustitución de Adán Augusto López Hernández, aspirante a candidato a Presidente de México, por el partido Movimiento de Regeneración Nacional, Morena–, afirma que en el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se funda la pregunta, a lo que respondió la Corte, que sólo para las dependencias y entidades que dependen del Ejecutivo es vinculante esta norma, no para los otros dos poderes.

Contesta la Corte: “… Se le comunica que los preceptos citados no constituyen el fundamento jurídico para que la Secretaría de Gobernación realice una petición de esa naturaleza” y acota que se responde, en función de fortalecer el diálogo entre los poderes del Estado y en aras de rendir cuentas a la sociedad.

Por su parte, en su conferencia matutina del 27 de junio, sostuvo el Presidente López Obrador, que una violación flagrante a la Constitución son los sueldos en el máximo tribunal, por lo que a los ministros pidió rectificar.

En sesión privada, por los 11 integrantes del pleno de la SCJN fue avalada la respuesta, que no fue firmada por la ministra Presidenta Norma Lucía Piña Hernández, sino por Rafael Coello Cetinak, secretario general de acuerdos del máximo tribunal.

Recuerda el primer punto de la respuesta, que desde el 8 de enero de 2019, señaló la SCJN que el artículo 94 constitucional, establece que durante el tiempo del cargo, no puede ser disminuida la remuneración de sus ministros y que, derivado de lo anterior, no pueden ser diferenciadas ni disminuidas sus percepciones, por actos provenientes de otros poderes.

Asimismo, que en mayo del 2019, resolvió el Pleno las acciones de inconstitucionalidad 105/2018 y 108/2018, en las que estableció que como parámetro para medir las percepciones del resto de los funcionarios, el sueldo presidencial debe incluir todas las prestaciones del jefe del Ejecutivo, como alimentación, habitación, menaje de casa, servicios de salud transporte y seguridad, entre otras.

Por último, señala la Corte que, en el Diario Oficial de la Federación, cada año son publicadas las percepciones de los ministros y para el 2023, su sueldo mensual es de 206 mil 948 pesos, cantidad a la que se suma un aguinaldo de hasta 445 mil 309 pesos y un pago de 416 mil 754 pesos, por riesgo más otras prestaciones, en cambio y por otro lado, de 157 mil 658 pesos, es el sueldo mensual del Presidente López Obrador.

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