Aprueba el Congreso del estado anexo al Protocolo para la Consulta en Materia de Educación Indígena e Inclusiva

* La acción lleva a cabalidad el cumplimiento de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Chilpancingo, Gro., 27 de abril del 2022. El Congreso del estado aprobó el anexo al “Protocolo para desarrollar de manera libre, previa, informada y de buena fe el proceso de Consulta para poder crear, reformar, adicionar o derogar las leyes que impacten en la esfera de derechos a las comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos”, en cumplimiento de la Resolución por la Acción de Inconstitucionalidad 299/2020 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de educación indígena y educación inclusiva.

Esto en un acuerdo parlamentario, propuesto por la Junta de Coordinación Política (Jucopo), en el que se señala que, derivado de las resoluciones de las Acciones de Inconstitucionalidad, el 22 de febrero, la Comisión Permanente aprobó el dicho Protocolo y que para dar cumplimiento a la Acción de Inconstitucionalidad 299/2020 es necesario aprobar un anexo.

Tales objetivos son consultar a los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas el Capítulo VI, denominado Educación Indígena, conformado por los artículos 39, 40 y 41, y el capítulo VIII, denominado Educación Inclusiva, conformado por los artículos 44, 45, 46, 47 y 48 de la Ley de Educación del Estado de Guerrero.

Asimismo, el proceso de consulta a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas será el que ya está establecido en el protocolo para poder crear, reformar, adicionar o derogar las leyes que impacten en la esfera de derechos a las comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos.

El proceso de consulta a las personas con discapacidad será previa, pública y regular; estrecha y con participación preferentemente directa de las personas con discapacidad, accesible, informada, significativa, con participación efectiva y transparente.

El Poder Legislativo será la autoridad responsable, por medio de la Junta de Coordinación Política, que tendrá la coordinación de la Consulta y en calidad de coadyuvante del Poder Ejecutivo del estado de Guerrero por medio de las secretarías General de Gobierno, de Asuntos Indígenas y Afromexicanos, del Bienestar, de Educación y de Salud, así como el Sistema de Desarrollo Integral de la Familia y el Centro de Rehabilitación Integral de Guerrero.

Serán consultados los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas del Estado y las personas con discapacidad, los que ejercen la patria potestad, la tutela, las organizaciones que los representan e instituciones que los atienden, y en todo momento se respetará la decisión que tomen las personas con discapacidad cuando así se pueda expresar.

Para coadyuvar en el proceso de consulta, se conformará un Grupo Técnico interinstitucional por representantes de las instancias oficiales mencionadas, que por razón de su competencia legal atienden a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como a las personas con discapacidad, quienes proporcionarán la información e insumos que requieran o soliciten los actores de la consulta.

Asimismo, se invitará a la Comisión de los Derechos Humanos del Estado para que, en ejercicio de su autonomía e independencia, pueda supervisar y vigilar el adecuado desarrollo de los procesos de consulta en materia de educación, además de traductores e intérpretes para los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, serán designados por las asambleas comunitarias o por las propias autoridades tradicionales reconocidas bajo sus propios sistemas normativos de usos y costumbres, garantizando que todas las personas participantes puedan expresarse en sus lenguas maternas, así como para informar a las y los sujetos parte de la consulta sobre los contenidos de la misma en sus propias lenguas indígenas.

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