Aprueban legítima defensa en domicilios o centros de trabajo

* Aplicará cuando esté en riesgo la vida

Chilpancingo, Guerrero, a 03 de octubre del 2019. El Congreso local aprobó este jueves la “legítima defensa” cuando su vida, la de su familia o su patrimonio estén en riesgo, ante personas (presuntos delincuentes) allanen su domicilio o centro de trabajo.

Las modificaciones al Código Penal del Estado de Guerrero, fueron impulsadas por el diputado priista, Omar Jalil Flores Majul, quien señaló que esta ley sienta un precedente y se homologa con las de los estados de Guanajuato y Veracruz.

“Era una iniciativa necesaria dadas las circunstancias que se están dando en la República y en Guerrero, por eso esta importante reforma”, explicó el también presidente de la Comisión de Justicia del Poder Legislativo.

Esta modificación jurídica, explicó en conferencia de prensa después de que el dictamen fue aprobado por unanimidad en la sesión, se debe a la escalada de violencia registrada en el país y particularmente en Guerrero.

Con base al dictamen de la Comisión de Justicia, se reformó el artículo 31, fracción IV, de las causas de exclusión del delito; se derogó la fracción IV del artículo 87 y agregaron una descripción en párrafo nuevo sobre el tema.

De acuerdo con la modificación, se entiende como “legítima defensa al hecho de causar daño, lesión o privación de la vida, salvo prueba en contrario, a quien por cualquier medio trate de penetrar o se introduzca sin derecho al inmueble donde se encuentre el hogar o lugar de trabajo del agente pasivo, víctima o víctimas, al de su familia, comunidad afectiva o a las de cualquier persona que tenga la obligación de defender. Al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos, respecto de los que exista la misma obligación de proteger”.

No se considerará “exceso en la defensa legítima propia”, cuando concurran circunstancias en las que la víctima “se encuentre en estado de confusión, miedo o terror que afecte su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta o racionalidad de los medios empleados para defenderse”.

También se explica que la víctima podrá utilizar en su defensa “los instrumentos que encuentre o de que disponga como medios para su Defensa Legítima, donde pueda perder en ese momento, sin importar edad, sexo o condición social, entre otras cosas, la vida”.

Sólo en el caso de que menores de edad allanen el hogar o lugar de trabajo para cometer un delito, la víctima evitará lesionar de muerte al agresor y “sólo ejercerá la defensa necesaria proporcional”.

De acuerdo con el diputado Flores Majul, cuando se empleen armas en la “legítima defensa”, la víctima deberá acreditar los respectivos permisos de portación, con base a la Ley federal de Armas de Fuego y Explosivos.

“Como diputado promovente consideramos que estamos salvaguardando el bien jurídico tutelado más importante que tenemos las y los guerrerenses, que es la familia, salvaguardando la vida al interior de los domicilios”, justificó. (IRZA)

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